FI - UNSJ

Facultad de Ingeniería - Universidad Nacional de San Juan - San Juan, Argentina

Estudiantes

Más oportunidades


La FI incorpora un régimen que beneficia a sus estudiantes

Se trata del Régimen de Remediación Académica, una herramienta que fortalecerá las trayectorias estudiantiles y acompañará el proceso de aprendizaje.

Publicado por:

Melina Páez Oruste

Fecha:

18-06-2026

La FI incorpora un régimen que beneficia a sus estudiantes

Con el objetivo de fortalecer las trayectorias académicas de las y los estudiantes y promover una formación centrada en los resultados de aprendizaje, la Facultad de Ingeniería incorporará un Régimen de Remediación Académica como herramienta complementaria de acompañamiento durante el cursado de las actividades curriculares.

La propuesta busca dar respuesta a una problemática persistente en el ámbito universitario, especialmente durante los primeros años de las carreras de Ingeniería, donde se registran mayores índices de desgranamiento, deserción, recursados reiterados y demoras en la acreditación de los espacios curriculares. Estas situaciones impactan directamente en la continuidad de las trayectorias académicas y en los indicadores institucionales de permanencia y terminalidad.

En este marco, el régimen se orienta a consolidar trayectorias más reales y sostenibles, tanto en los primeros años, considerados especialmente sensibles por las dificultades de adaptación, progresión y acompañamiento, como en los tramos finales de las carreras. Asimismo, promueve una mayor claridad en las expectativas de aprendizaje, explicita el aporte formativo de cada disciplina al perfil profesional y prioriza evidencias e instrumentos de evaluación alineados con los Resultados de Aprendizaje (RA), favoreciendo la comprensión, la aplicación y la transferencia de conocimientos.

La remediación se constituye así en una estrategia pedagógica que fortalece la coherencia entre la enseñanza, la evaluación y la retroalimentación, ofreciendo a las y los estudiantes nuevas instancias de recuperación y acompañamiento sin necesidad de recursar íntegramente la actividad curricular, siempre que se cumplan las condiciones académicas establecidas por cada cátedra y dentro del semestre inmediato posterior al cursado.

La implementación del régimen será optativa para los equipos docentes. En consecuencia, las cátedras que decidan incorporarlo deberán presentar la propuesta correspondiente para su evaluación, tramitación administrativa y aprobación por las instancias institucionales competentes.

Desde el punto de vista normativo, la iniciativa se ajusta a lo establecido por el Reglamento Académico de la Universidad Nacional de San Juan (Ordenanza N.º 14-14-CS), ya que no modifica el régimen general de regularidad, aprobación ni correlatividades. Por el contrario, constituye una modalidad complementaria y excepcional destinada a facilitar la regularización de las actividades curriculares y el posterior acceso al examen final, en el marco de las facultades que posee cada Unidad Académica para establecer pautas específicas de enseñanza, evaluación y regularidad conforme a las características de sus carreras.

Con esta iniciativa, la Facultad de Ingeniería reafirma su compromiso con la mejora continua de la calidad académica, la innovación en las prácticas de enseñanza y el acompañamiento permanente de las trayectorias estudiantiles, promoviendo condiciones que favorezcan la permanencia, el aprendizaje y la graduación de sus estudiantes.



REGLAMENTO PARA LA REMEDIACIÓN EN ASIGNATURAS DE LAS CARRERAS DE INGENIERÍA

Artículo 1: Definición

Establecer un régimen de Remediación de trayectos académicos para las actividades curriculares de las carreras de Ingeniería de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de San Juan, consistente en un sistema evaluativo adicional en el semestre inmediato siguiente al cursado, para lograr la regularidad de la actividad curricular  mediante lo establecido en el presente reglamento.

Artículo 2 – Remediación 

Entiéndase por remediación la instancia evaluativa parcial o conjunto de instancias evaluativas y complementos que se realizan fuera del período de dictado regular del espacio curricular, en el semestre inmediato siguiente al cursado, con acompañamiento docente y/o de tutores.​
Estas instancias se integran a un plan de trabajo de remediación preestablecido en la planificación de cátedra y comunicado oportunamente a los estudiantes.

Artículo 3: Finalidad

El presente reglamento tiene por finalidad:

        Fortalecer los vínculos entre la Facultad de Ingeniería y los estudiantes con dificultades para sostener y avanzar en sus estudios.

        Acompañar vía tutorías el cursado, con diagnósticos tempranos y retroalimentación.

        Promover la permanencia, la equidad, la inclusión educativa y la acreditación en la Universidad.

        Ofrecer alternativas académicas que permitan a los estudiantes alcanzar la regularidad y favorecer la preparación de exámenes finales.

Artículo 4: Objetivos

El reglamento de Remediación  en asignaturas de las carreras de ingeniería tiene por objetivos:

        Brindar flexibilidad académica para la iniciación y continuidad en la carrera seleccionada. 

        Facilitar la permanencia del estudiante mediante trayectos más sostenibles.

        Incorporar un sistema de cursado que complemente el régimen semestral y pueda prolongarse hasta un semestre adicional.

        Reducir los índices de abandono y deserción estudiantil.

        Otorgar mayor fiabilidad a los indicadores académicos institucionales desde el inicio de la carrera.

Artículo 5: Alcance y Destinatarios:

Las condiciones para acceder a esta instancia son las siguientes:

       Haber cumplido con las correlativas requeridas en el Plan de Estudio e inscribirse en el cursado de la actividad curricular en el semestre correspondiente a su dictado.

       Haber aprobado al menos una instancia evaluativa parcial y/o su recuperatorio, durante el cursado, y cumplir con los requisitos específicos de la asignatura.

       En actividades curriculares que incluyan trabajos de campo y/o de laboratorio, haber aprobado el 100% de los mismos; el docente responsable podrá además establecer la aprobación de al menos una evaluación parcial durante el cursado, debiendo el estudiante rendir únicamente lo adeudado.

Artículo 6: Condiciones de acceso

El estudiante podrá utilizar la opción de remediación por única vez durante el semestre inmediatamente posterior al de dictado de la actividad curricular.

Para hacer uso del régimen, el estudiante deberá informar formalmente al equipo docente, antes del inicio del semestre siguiente, su decisión de adherir al plan de remediación.

La decisión de adherir a la remediación no implica pérdida del derecho a rendir examen final en la modalidad libre, en los términos del reglamento académico vigente

Artículo 7. Plan de remediación

  1. El docente responsable de la actividad curricular elaborará y presentará, junto con la planificación de cátedra, un plan de remediación que incluya cronograma, modalidad de trabajo y criterios de evaluación de las instancias correspondientes.
  2. La modalidad de evaluación será definida por el docente responsable de la asignatura, respetando lo establecido en el Régimen de Estudiante Trabajador y/o con Familiares a Cargo, e incluyendo instancias y fechas alternativas cuando corresponda.
  3. La instancia de remediación se desarrollará durante el período de clases del semestre inmediato posterior al cursado de la actividad curricular, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza de Calendario Académico.
  4. El estudiante deberá rendir únicamente la o las evaluaciones parciales desaprobadas o no rendidas durante el cursado original, según la propuesta de la cátedra.
  5. El plazo máximo de duración del plan de remediación será de un semestre; vencido dicho plazo sin obtener la regularidad, el estudiante deberá recursar la actividad curricular.

Artículo 8 – Acompañamiento tutorial

  1. Las cátedras que adhieran al régimen deberán prever instancias de consulta y/o tutorías (presenciales o virtuales) específicas para los estudiantes en remediación, priorizando a quienes se encuentren en riesgo de desgranamiento.​
  2. La Secretaría de Asuntos Estudiantiles podrá articular con programas de tutorías de pares o institucionales para reforzar el acompañamiento académico y psicoeducativo de los estudiantes incluidos en planes de remediación.

Artículo 9 – Implementación por parte de las cátedras

El docente  responsable de la actividad curricular deberá explicitar la estrategia de remediación en la planificación de cátedra, indicando criterios de ingreso, número y tipo de evaluaciones, modalidades de trabajo y mecanismos de comunicación con los estudiantes.

Al finalizar el semestre de implementación del plan de remediación, el docente responsable de la actividad curricular informará al Departamento Alumnos el listado de estudiantes que hayan alcanzado la condición de regularidad.

Artículo 10. Administración de la oferta de cursado con régimen de remediación

Los docentes responsables de actividades curriculares que opten por implementar este régimen de remediación deberán hacerlo explícitamente y formalizarlo mediante nota dirigida a la Jefatura de Departamento de la cual dependa la actividad curricular, quien avalará y tramitará su aprobación ante el  Consejo Directivo.

Artículo 11. Procedimiento general de gestión

  1. La Secretaría Académica realizará el análisis del plan de remediación en cuanto a su adecuación a los planes de estudio vigentes y al calendario académico al momento de presentar la planificación de la asignatura.
  2. Los estudiantes solicitarán su incorporación al plan de remediación al docente responsable de la asignatura, quien verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 5° y elevará por Mesa de Entrada una nota con el listado de estudiantes a Secretaría Académica, en la fecha correspondiente al inicio del cursado del semestre, para su incorporación al acta de regularidad de la actividad curricular.
  3. La Secretaría Académica instrumentará, a través de la Dirección de Apoyo a la Docencia e Investigación, la gestión administrativa necesaria para efectivizar el plan de trabajo de remediación.
  4. Para las actividades curriculares cuyos docentes responsables hayan elevado la nómina de estudiantes inscriptos en la modalidad de remediación, el Departamento de Alumnos deberá habilitar, a tal fin, una comisión identificada con el nombre de la actividad curricular seguido de la palabra “Remediación”, en el semestre inmediato siguiente al de cursado, e inscribir a los estudiantes informados por nota.

Artículo 12 – Compatibilidad con otras normativas

Todo lo no previsto en este reglamento se regirá por las normas académicas generales de la Universidad y de la Facultad de Ingeniería